
Aprobado en tercer debate proyecto de ley de reforma laboral
Publicado 29 de mayo 2025.
APROBADO EN TERCER DEBATE PROYECTO DE LEY DE REFORMA LABORAL
El 27 de mayo, la Comisión Cuarta del Senado de la República surtió un nuevo debate del proyecto de ley de la reforma laboral y al final del día se definió el texto aprobado por la mayoría de sus integrantes.
El texto está compuesto por 75 artículos, la mayoría de ellos en los mismos términos que fueron propuestos en la ponencia presentada por los 5 senadores ponentes.
De estos 75 artículos, el debate se concentró en 5 artículos sobre los cuales se discutieron varias proposiciones. El contenido que se aprobó de los artículos debatidos fue el siguiente:
●Artículo 6°. Contratos a término fijo y de obra a labor determinada.
Los contratos de trabajo a término fijo se podrán pactar por un tiempo no mayor a 5años, sin que haya limitación al número de prórrogas y sin que se superen los 5 años.
●Artículo 11°. Trabajo Diurno y Nocturno.
El trabajo nocturno será de 7:00 p.m. a 6:00 a.m. sin distinción en el tamaño de las empresas. No se aprobó la proposición de una jornada nocturna de 9:00 p.m. a 6:00a.m. para pequeñas empresas y microempresas.
●Artículo 15°. Remuneración en días de descanso obligatorio.
El trabajo en días de descanso obligatorio o días de fiesta se remunera con un recargo del 100%, sin perjuicio del salario ordinario a que tenga derecho el trabajador por haber laborado la semana completa. No se aprobó la proposición de un recargo del 75% para remunerar el trabajo en los días de fiesta.
●Artículo 23. Contrato de Aprendizaje.
El contrato de aprendizaje se establece como una forma especial dentro del Derecho Laboral. El aprendiz recibirá como apoyo de sostenimiento mensual el 75% de 1SMLMV en la fase lectiva y el 100% de 1 SMLMV en la parte práctica. Durante la fase práctica o durante toda la formación dual, el aprendiz estará afiliado a riesgos laborales y al sistema integral en pensiones y en salud conforme al régimen de los trabajadores dependientes.
● Artículo 25. Monetización de la cuota de aprendizaje.
La monetización de la cuota de aprendizaje será de 1,5 SMLMV por cada aprendiz que
no se contrate, a menos que las empresas demuestren haber hecho la solicitud de
aprendices y que estos no les hayan sido suministrados.
¿Qué sigue?
Ahora el proyecto de ley pasará a su cuarto debate ante la plenaria del Senado en donde seguramente se volverán a discutir las normas más controversiales, así como aquellas sobre las cuales habían proposiciones que finalmente se dejaron como constancia para debatir en esta última instancia.
Desde López y Asociados seguiremos atentos al avance de este proyecto de ley de la reforma laboral y sus impactos en el tejido empresarial, así como en el relacionamiento laboral.
Cordial Saludo,
LÓPEZ Y ASOCIADOS S.A.S.